Tarjetas de armas 4ª cat.

Tarjeta de armas (4ª Categoría del Reglamento de Armas)

TARJETAS DE ARMAS

(4ª Categoría del Reglamento de Armas)

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Validez de la tarjeta

La tarjeta de armas de 4ª categoría únicamente es válida dentro del término municipal de Mejorada del Campo.

Tipos de armas

Las armas de 4º categoría son las siguientes:

  • Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
  • Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.

De igual manera quedan asimiladas respecto a la tramitación de la tarjeta las siguientes armas lúdico-deportivas.

Se entenderá por arma de uso lúdico-deportivo aquella arma accionada por muelle, resorte, aire o gas comprimido, de ánima lisa o rayada, que dispara proyectiles de material a base de polímeros biodegradables, que pueden contener o no líquidos o geles en su interior, los cuales deberán cumplir con la normativa medioambiental.

En función del proyectil que disparen las armas de uso lúdico-deportivo, se distingue entre armas denominadas de «airsoft» y armas denominadas de «paintball»

Personas solicitantes

Pueden solicitar la tarjeta de armas las personas mayores de edad y menores de 14 a 18 años siempre que se encuentren empadronadas en Mejorada del Campo. En el caso de menores de edad las solicitudes se realizarán por quienes ejercen su representación legal.

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo oficial.
  • Copia del documento de identidad.
  • Factura de compra del arma o documento donde consten las características técnicas del arma señalando si es de categoría 4.1 o 4.2.
  • Si se trata de un arma adquirida a una persona particular la factura de compra podrá ser sustituida por un documento justificativo de la compra-venta.
  • Justificante del abono de la tasa correspondiente (8,87 €)
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Certificado psicotécnico de actitud.

Para las armas de uso lúdico deportivo tipo Air-Soft y Pain-Ball, además de lo anterior expuesto, deben presentar un documento acreditativo emitido por una armería autorizada, en el que figure el número que le ha sido troquelado en el arma en el caso de que carezca de este número.

Más información, modelo de instancia y posibilidades de presentación en en apartado “Seguridad Ciudadana” de la sede digital haciendo clic aquí .